Normativa eléctrica

Legalizar la instalación eléctrica de tu empresa: guía 2026

Cómo legalizar la instalación eléctrica de una empresa en Navarra y La Rioja: cuándo es obligatorio, boletín o proyecto, pasos, plazos y cuánto cuesta.

14 de julio de 20266 min de lectura·Equipo JMC Electricidad
Cuadro eléctrico industrial con protecciones, PLC y bornas cableado durante la legalización de la instalación

Una nave nueva, una reforma o una ampliación de potencia y, de repente, la compañía eléctrica no da el alta: falta la legalización. Sin la instalación legalizada no puedes contratar el suministro, cambiar de potencia ni, en muchos casos, ejercer la actividad. Es uno de los trámites que más atascan la puesta en marcha de un negocio, y casi siempre por documentación que se deja para el final. Aquí te explicamos, sin rodeos, cuándo hay que legalizar, qué papeles hacen falta, cuánto cuesta y cómo gestionarlo en Navarra y La Rioja.

Puntos clave

  • Legalizar es registrar la instalación ante Industria para demostrar que cumple el REBT.
  • Es obligatoria en obra nueva, reformas de calado y ampliaciones de potencia.
  • Según potencia y tipo de local necesitarás boletín (memoria técnica) o proyecto.
  • El umbral habitual para exigir proyecto es una potencia superior a 50 kW.
  • El boletín (CIE) cuesta entre 70 y 300 €; una legalización completa ronda los 1.000 €.
  • Solo puede firmarla una empresa instaladora autorizada (y un técnico competente si hay proyecto).

¿Qué es legalizar una instalación eléctrica?

Legalizar es el proceso administrativo por el que se registra la instalación ante el órgano de Industria de la comunidad autónoma para acreditar que cumple el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y sus instrucciones técnicas (ITC-BT). No es un simple papeleo: es lo que convierte una instalación ejecutada en una instalación legal, apta para dar de alta el suministro y para pasar las inspecciones futuras.

El resultado del trámite es que la instalación queda inscrita, con su número de expediente, y tú recibes la documentación sellada que te pedirán la comercializadora, un OCA o, llegado el caso, tu seguro.

¿Cuándo hay que legalizar una instalación eléctrica?

La legalización es obligatoria siempre que se crea una instalación nueva o se modifica sustancialmente una existente. Los casos más frecuentes en una empresa son:

  • Obra nueva: naves, locales, oficinas o industrias que se construyen desde cero.
  • Reformas de importancia: cuando cambia la distribución, se rehace el cuadro o se sustituye buena parte del cableado.
  • Ampliación de potencia: si el negocio crece y necesitas más kW de los contratados.
  • Cambio de uso o de titular que implique modificar la instalación.
  • Instalaciones especiales: locales de pública concurrencia, con riesgo de incendio o explosión, piscinas, autoconsumo fotovoltaico, puntos de recarga, etc.

Una sustitución menor (una luminaria, un enchufe) no exige legalizar. Pero en cuanto tocas el cuadro, la acometida o subes la potencia, entra el trámite. Ante la duda, pregunta antes de empezar la obra: rehacer papeles a posteriori sale más caro.

Boletín o proyecto: ¿qué documento necesita mi empresa?

Aquí está la pregunta que más confusión genera. La instalación se legaliza de una de dos formas, según su tamaño y su uso:

| Vía | Cuándo aplica | Quién lo firma | |---|---|---| | Memoria Técnica de Diseño (MTD) + boletín | Instalaciones pequeñas y medianas, por debajo del umbral de proyecto | Empresa instaladora autorizada | | Proyecto técnico + boletín + dirección de obra | Potencia elevada o locales de especial riesgo | Técnico titulado competente + instaladora |

El criterio de referencia es la potencia: por encima de unos 50 kW, la ITC-BT-04 obliga a redactar proyecto. También lo exige por tipo de local (pública concurrencia, locales con riesgo de incendio o explosión, etc.), con independencia de la potencia. Por debajo de esos límites basta la Memoria Técnica de Diseño que elabora la propia instaladora.

En ambos casos, el documento que certifica que lo ejecutado cumple la norma es el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), el conocido boletín. Si quieres profundizar, lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre qué es el boletín eléctrico y cómo conseguirlo.

Cómo se legaliza, paso a paso

El circuito, para una instalación de empresa, suele ser este:

  1. Proyecto o memoria técnica. Un técnico competente (si hay proyecto) o la instaladora define la instalación: potencia, protecciones, secciones, esquemas.
  2. Ejecución por instaladora autorizada. La obra la realiza una empresa dada de alta en el registro de instaladores.
  3. Emisión del boletín (CIE). La instaladora certifica que lo ejecutado cumple el REBT.
  4. Inspección OCA cuando proceda. Ciertas instalaciones necesitan el visto bueno previo de un Organismo de Control Autorizado. Te contamos cómo aprobarla en cómo preparar la inspección OCA.
  5. Presentación ante Industria. Se registra toda la documentación en el órgano competente de la comunidad autónoma.
  6. Alta del suministro. Con el expediente registrado, la comercializadora ya puede dar de alta o modificar la potencia.

En Navarra el trámite se presenta ante el Servicio de Energía del Gobierno de Navarra; en La Rioja, ante la dirección general competente en industria y energía del Gobierno de La Rioja. Una instaladora local te gestiona todo el circuito de una sola vez.

¿Cuánto cuesta legalizar una instalación eléctrica?

Depende del tamaño y de si hace falta proyecto, pero como orientación:

  • Solo el boletín (CIE): entre 70 y 300 €, según potencia y complejidad.
  • Legalización completa con proyecto y tramitación: en torno a 1.000 € de media, con mucha variación según la instalación.
  • Inspección OCA, cuando es obligatoria, se paga aparte según tarifa del organismo.

Un aviso importante: el precio más caro es el de no legalizar. Sin registro no hay alta de luz, puedes recibir requerimientos de Industria y, si ocurre un incidente, el seguro puede negarse a cubrirlo por instalación irregular. Es una inversión que evita paradas de actividad mucho más costosas.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede legalizar una instalación eléctrica?

Solo una empresa instaladora autorizada, inscrita en el registro de instaladores de la comunidad autónoma. Cuando el tamaño de la instalación exige proyecto, además debe firmarlo un técnico titulado competente (ingeniero o ingeniero técnico) que asuma la dirección de obra.

¿Qué pasa si no tengo la instalación legalizada?

Que no podrás contratar ni modificar el suministro eléctrico, y quedas expuesto a requerimientos administrativos y sanciones. En caso de incendio o accidente, una instalación sin legalizar puede dejar sin efecto la cobertura del seguro. Es un riesgo que no compensa asumir.

¿Cuánto se tarda en legalizar?

La ejecución depende de la obra, pero la tramitación administrativa suele resolverse en pocos días hábiles una vez presentada toda la documentación. Los plazos se alargan sobre todo cuando falta algún certificado o hay que corregir defectos de la instalación.

¿Una instalación antigua sin legalizar puede legalizarse ahora?

Sí. Una instaladora revisa el estado actual, adecúa lo que no cumpla el REBT vigente y emite el boletín para registrar el expediente. Si vas a reformar, es el momento ideal: lo vemos en cuánto cuesta la instalación eléctrica de una nave industrial.

Deja la legalización en manos de una instaladora autorizada

Legalizar bien a la primera te ahorra semanas de retrasos y visitas repetidas de Industria. En Electricidad JMC somos empresa instaladora autorizada con más de 30 años de experiencia en instalaciones industriales en Navarra y La Rioja: redactamos memoria o proyecto, ejecutamos la obra, emitimos el boletín y presentamos todo el expediente por ti.

¿Vas a poner en marcha una nave, reformar un local o ampliar potencia? Llámanos al 619 41 70 35 y te preparamos un presupuesto sin compromiso para dejar tu instalación legal y lista para funcionar.

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